Obligaciones de todos los propietarios de un inmueble

El Tribunal Supremo ratifica e insiste en su doctrina de que TODOS los propietarios del inmueble o edificio están obligados a contribuir en TODOS los gastos de elementos y servicios comunes (incluido el ascensor) aunque no los utilicen. Solo quedan exceptuados aquellos propietarios que así lo recojan expresamente los Estatutos de la Comunidad o un acuerdo de la Junta de Propietarios válidamente adoptado al respecto.

Las Audiencias Provinciales siguen pronunciándose en el sentido de que los cerramientos de terrazas y balcones de un edificio comunitario, aunque sea con elementos movibles y/o desmontable de material no fijo, se trata de un cerramiento a todos los efectos y afectan a elementos comunes del edificio; en consecuencia precisan la correspondiente autorización de la Comunidad de Propietarios de la finca.

Área de Derecho Inmobiliario

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