Abocam Abogados ha obtenido una sentencia estimatoria de las pretensiones de su Cliente y condenatoria para Caixabank S.A., relativa a la declaración de nulidad de la cláusula de gastos inserta en una escritura de préstamo con garantía hipotecaria.
El Juzgado de Primera Instancia n. 50 bis de Barcelona, en Sentencia de fecha 11.5.2023, entiende que aunque el préstamo se contrató en el año 2006, no existe prescripción, dado que El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció en sentencia de 16.7.2020, el carácter imprescriptible de la acción de nulidad de una cláusula abusiva en un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor o bien la de cinco años a hacer valer los efectos restitutorios de la declaración de nulidad.
Por dicho motivo , y acogiendo la Doctrina del TS, se condena a la entidad financiera al pago del 50% de la factura de notaría, el 100% de la factura del registro, el 100% de la factura de la gestoría y el 100% de la factura de tasación, más los intereses legales y costas procesales.
Área de Derecho Bancario