Conferencia sobre la Gestación Subrogada

La letrada Carmen Lazbal, especialista en Derecho de Familia, dió una conferencia sobre la «Gestación Subrogada, luces y sobras: visión alternativa», en el Rotary Club del Prat de Llobregat a finales del pasado mes de octubre, con una notable asistencia de público y generando un interesante debate entre los asistentes y la ponente.

Área de Comunicación Corporativa

Condena al Ayuntamiento de Cervelló

Abocam Abogados ha obtenido una sentencia estimatoria para su Cliente, relativa a una reclamación por responsabilidad patrimonial derivada de los daños producidos por la caída de un árbol sobre una nave industrial.

El Ayuntamiento alegaba que se trataba de un hecho de fuerza mayor por vientos fuertes, y la sentencia dictada por el Juzgado n. 8 de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, aplicando la jurisprudencia del TS, no entiende el hecho como de fuerza mayor y además añade que existía falta de mantenimiento adecuado de la zona ajardinada donde se encontraba el árbol causante del daño.

La sentencia condena al Ayuntamiento al pago de los daños y perjuicios, y le impone las costas del procedimiento.

Área de Derecho Administrativo

Permiso para viajar a Colombia con el menor

Es habitual en parejas transnacionales que en periodos vacacionales, una de las partes o las dos soliciten viajar a su país de origen. Normalmente, las familias se autorizan de modo privado entre ellos con la documentación pertinente para realizar tales viajes, y cuando uno de los progenitores no concede tal permiso, es el Juez competente el encargado de tomar una decisión al respecto.

En el presente caso, entre nacional francesa y nacional colombiano, nacionalizado español, la madre denegó el permiso de salida del territorio nacional a pesar de que el menor ya había viajado en otras dos ocasiones al país de origen paterno. El padre argumentaba que el menor podía viajar al país de origen materno sin restricción alguna, ni tan siquiera con conocimiento al respecto, mientras que él, en las dos ocasiones solicitadas (a lo largo de 5 años), se le habían denegado por la madre. Se acreditó por nuestra Letrada la inexistencia de riesgo para el menor, se facilitaron las señas de estancia, se contactó con la familia paterna vía webex para acreditar la finalidad familiar del viaje, y se comprobó en los interrogatorios la inexistencia del argumento de contrario, de que el padre pretendía secuestrar al menor.

El resultado de la vista fue la concesión del permiso al padre para poder salir del país en su periodo vacacional con el menor, previa aportación de los billetes del menor al Juzgado.

Área de Derecho de Familia

Condena a Bancos por Créditos ICO

El Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra ha anulado la operación diseñada por tres entidades consistente en utilizar estos importes para amortizar las deudas que mantenía con ellas la empresa solicitante, en serias dificultades financieras y a un paso del concurso. 

El juzgado condena a las entidades financieras a devolver las cantidades recibidas y ordena la inclusión de los correspondientes créditos en la masa activa del concurso (constituida por la totalidad de los bienes y derechos del patrimonio de la empresa a la fecha de la declaración de concurso). 

También rebaja la categoría de las deudas por la mala fe de los bancos y las califica de subordinadas (lo que quiere decir que solo se cobrarán después de que lo hagan los acreedores ordinarios). Estos fallos abren una nueva vía de conflictividad para los bancos

Además, considera que es una operación fraudulenta porque el Real Decreto Ley 8/2020 (que aprobó una línea de avales del Estado de hasta 100.000 millones de euros) tenía por objeto “ofrecer liquidez a los empresarios para que estos pudiesen afrontar gastos derivados de su actividad mercantil”, y no “ofrecer a las entidades bancarias nuevas garantías que cubriesen deudas”. Es cierto que la ley permitía aplicar estos importes al pago de créditos, señala, pero de deudas “vencidas y exigibles”, requisitos que no cumplían todos los pagos ahora anulados.

Área de Derecho Bancario

Seguro de vida y Renuncia a la herencia

Abocam Abogados ha obtenido una sentencia favorable a los intereses de su Cliente, relativos a la desestimación por parte de un acreedor de la reclamación judicial realizada contra la hija de una persona difunta por una presunta deuda, en su calidad de heredera que había renunciado a la herencia.

Por parte del reclamante se manifestaba que aunque había renunciado a la herencia, había cobrado un seguro de vida y había realizado actos de aceptación tácita.

La Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 1ª, en sentencia de fecha 19.6.2023 ha resuelto desestimar el recurso de apelación interpuesto de contrario y ratificar la sentencia de primera instancia por la que consideraba que el cobro de la póliza de vida no fue un acto de aceptación tácita, según la jurisprudencia del TSJC, no considerando que el pago o gestión del sepelio sea considerado un acto de aceptación tácita, condenando asimismo al demandante al pago de las costas procesales.

Área de Derecho Civil

Las menores continuan con su madre

Abocam Abogados ha obtenido sentencia favorable a los intereses de nuestra Clienta, que lleva luchando hace años por el bienestar de sus hijas.

El progenitor tras perder una modificación de medidas solicitando la custodia de las menores, volvió a interponer acciones judiciales contra la cuidadora principal.

De nuevo, se consigue mantener a las menores en Catalunya, por la inexistencia de motivos para cambiar la guarda de las menores, dado la estabilidad que la madre les proporciona.

Área de Derecho de Familia

Condena a Caixabank

Abocam Abogados ha obtenido una sentencia estimatoria de las pretensiones de su Cliente y condenatoria para Caixabank S.A., relativa a la declaración de nulidad de la cláusula de gastos inserta en una escritura de préstamo con garantía hipotecaria.

El Juzgado de Primera Instancia n. 50 bis de Barcelona, en Sentencia de fecha 11.5.2023, entiende que aunque el préstamo se contrató en el año 2006, no existe prescripción,  dado que El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció en sentencia de 16.7.2020,  el carácter imprescriptible de la acción de nulidad de una cláusula abusiva en un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor o bien la de cinco años a hacer valer los efectos restitutorios de la declaración de nulidad.

Por dicho motivo , y acogiendo la Doctrina del TS, se condena a la entidad financiera al pago del 50% de la factura de notaría, el 100% de la factura del registro, el 100% de la factura de la gestoría y el 100% de la factura de tasación, más los intereses legales y costas procesales.

Área de Derecho Bancario