Va a entrar en vigor la Ley 4/2011 de 24 de marzo, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.
Mediante la mencionada modificación se pretende adaptar el Reglamento (CE) nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 por el que se establece un proceso monitorio Europeo.
La competencia territorial se determinará con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, , el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. En el mismo sentido regula la llamada petición de requerimiento europeo de pago.
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