Ese es a groso modo el resumen de la resolución dictada por un Juzgado de Primera Instancia, tras la solicitud del padre de guarda y custodia exclusiva, que implicaba el cambio de residencia a Madrid. En este caso, el Despacho defendía los intereses de la madre.
La citada resolución fija como hechos probados el buen hacer de la madre en cuanto al cuidado de las menores, así como su dedicación en la educación, salud o atención, y que estaban siendo cuestionadas por el padre.
La exploración de las menores demostró, además del interés de las niñas en seguir residiendo en su localidad y acudir a su escuela, la existencia de mentiras en el Plan de Parentalidad propuesto por el padre, así como una falta de concreción del mismo, lo que no podía producir un cambio de las medidas en vigor.
En consecuencia, el Juez ha decidido mantener el mismo sistema de custodia materna, así como el régimen de visitas para el padre, en beneficio del bienestar de las menores.
Departamento de Derecho de Familia