Nos hallamos actualmente con un problema emergente, y todo ello es debido a que la ley desprotege a día de hoy a los propietarios para poder recuperar su vivienda de inmediato.
Aun así, los pasos que recomendamos los profesionales para lograr el desalojo de forma legal son los siguientes:
– Obligación de denunciar cuanto antes la ocupación ante la Policía: Si de algún modo, se consigue demostrar que los okupas llevan en el inmueble menos de 48 horas, la policía puede desalojarles sin orden judicial, pero siempre y cuando logren entrar en la vivienda.
– Orden judicial: Si han pasado las citadas 48 horas y los okupas han cambiado la cerradura, aunque la vivienda sea su residencia habitual, se necesita una orden judicial para acceder a su vivienda, pero con un detalle importante a tener en cuenta, en este último caso no nos encontraríamos ante un delito de usurpación sino ante un delito de allanamiento de morada y se castiga con penas de prisión de hasta dos años. Para poder obtener dicha autorización judicial, debe realizarse a través de la incoación de una demanda civil de desahucio para lograr el efectivo lanzamiento de los ocupantes, y así conseguir la obtención de la posesión de la finca.
Por ello, aconsejamos que para iniciar un trámite de estas características, cuente con asesoramiento profesional.
Área de Derecho Procesal Civil