Compraventa de vehículo usado. retraso injustificado en la reparación

Una reciente Sentencia de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, remarca el derecho del comprador de un vehículo usado a su reparación en caso de avería, recayendo en el vendedor la carga de demostrar que la misma tiene un origen distinto del que resulte de la factura de reparación y que es imputable al comprador. El Tribunal estima que los bienes de segunda mano también están sujetos a un periodo de garantía que, en ningún caso, podrá ser inferior a un año. Asimismo, la Sentencia otorga al comprador la opción de solicitar la resolución del contrato (con devolución de la cantidad pagada, más gastos y daños y perjuicios demostrables) en aquellos casos en los que la reparación no se hubiera llevado a cabo en un tiempo razonable. Basa el Tribunal su decisión en la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Área de Procesal Civil

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s