ABOCAM ABOGADOS HA CONSEGUIDO DE NUEVO UNA SENTENCIA ESTIMATORIA PARA SU CLIENTE, EN SEDE DE RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA AUDIENCIA DE GIRONA por la que se estimando un recurso de apelación se ha acordado el cambio de modelo de custodia acordado en primera instancia, decidiendo que la decisión de atribuir la guarda a la madre era que el menor tenía «corta edad» y que existía «conflictividad entre los cónyuges», el primero de los argumentos debe quedar desvirtuado en virtud del art. 14 de la CE y del art. 37 del estatuto de los trabajadores que establece la igualdad entre hombre y mujer, y a sensu contrario, la corta edad debe ser un argumento para que el menor no esté separado mucho tiempo del otro progenitor. En cuanto a la conflictividad, no es atribuible al padre y existe prueba de que puede ser superada dado que se produce en los intercambios.
DEPARTAMENTO DE FAMILIA