Reconoce el Tribunal Supremo que existe un cambio para admitir el proceso de modificación de medidas. “Se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias que justifica fijar una custodia compartida por la edad de la menor”. En el momento de dictar la sentencia tenía 2 años, ahora tiene 10.
Al existir una guarda y custodia compartida, ya no se podrá atribuir la vivienda familiar de manera indefinida y permanecerá la madre en ella durante un año, para facilitarles la transición a una nueva vivienda.