Condena Ayuntamiento de Sant Cugat

Abocam Abogados ha obtenido una sentencia estimatoria de las pretensiones de sus clientes en un procedimiento contencioso administrativo interpuesto contra una resolución del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés por la que ordenaba el derribo de una obra realizada en la vivienda de los Clientes.

Dicha obra entendía el Ayuntamiento que no era susceptible de legalización.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 10 de Barcelona, estima el recurso interpuesto por esta parte y ordena la anulación de todo el procedimiento administrativo, y por ende, el archivo del expediente sancionador iniciado por disciplina urbanística, condenando a la administración al pago de las costas procesales hasta un límite de 1.000€. La sentencia es susceptible de ser recurrida en apelación.

La cuestión legal enjuiciada se basaba, entre otras alegaciones, en la indefensión de los administrados producida por la vulneración del art. 44.2 de la LRJAP y PAC en relación con el art. 63.1, es decir, que cuando se decretó la caducidad del expediente administrativo, el Ayuntamiento no debió iniciar en el mismo acto un nuevo expediente sancionador, basándose en los principios de prueba del expediente anterior, y no respetando los principios básicos del derecho a la defensa y a la transparencia que deben regir en los procedimientos sancionadores. En este sentido se pronuncia la jurisprudencia del TS, como por ejemplo la de 24.2.2014 de la Sección Quinta, debiéndose respetar, con todas las garantías para el administrado, la práctica de diligencias y pruebas conforme a un nuevo procedimiento, y no utilizando, sin mas trámite, las del anterior, dado que dicho privilegio solo le correspondería al administrado.

Área de Derecho Público

Nueva colaboración

Nos es grato comunicarles el acuerdo de colaboración con el Centro Psicoterapéutico Familiar CEPFAMI, formado por terapeutas especializados en el ámbito de pareja y familiar.

De este modo, Abocam amplia sus servicios, ofreciéndoles la posibilidad de tramitar los conflictos vía Mediación, así como cualquier área de terapia familiar que pudieran necesitar.

Área de Derecho de Familia

Incorporación de Pedro Azuara Danis

Abocam Abogados incorpora a Pedro Azuara Danis como Director Jurídico, aportando su dilatada experiencia en planificación y estrategia procesal, para seguir aumentando nuestros estándares de calidad dentro de la estructura interna. Un plus de calidad jurídica, controlando los procedimientos internos y coordinando los diferentes departamentos jurídicos.

Licenciado en Derecho por la Universidad de Barcelona, ejerce la abogacía desde 1973. Diplomado en Derecho Civil, Tributario, Procesal y Matrimonial, es experto en dirimir los litigios por mediación.

Ha sido socio-fundador del despacho Oriol-Azuara i Associats, socio de Auren Abogados, y Director del área de Derecho Procesal; y socio del despacho Azuara & Baviera Abogados, especializado en Derecho de Familia.

Participa activamente en la vida asociativa como miembro de la redacción del semanario «Prat» y miembro fundador del rotativo local «Delta del Llobregat», del cual es Secretario de la asociación propietaria de la publicación. Anteriormente, fue Secretario de la asociación Amics d’El Prat.

Actualmente es miembro del Club Rotary Prat y del Jurado de los «Premios Ciudad del Prat».

Dpto. de Comunicación corporativa y expansión

Antena de telefonía móvil de Movistar

Abocam Abogados ha obtenido una vez más, una sentencia condenatoria de Movistar para la retirada y desmontaje de una antena de telefonía móvil, y es la cuarta consecutiva. El TSJC, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección tercera, en sentencia de 6.11.2017, ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo de Lleida de 1.9.2015, condenando en costas a la referida entidad y al Ayuntamiento que no hizo nada por cumplir los mandatos judiciales.

A modo de resumen, mencionamos parte de la sentencia:

• Nos hallamos ante una actividad rigurosamente carente de titulación habilitante.

• Ni siquiera se ha instado la legalización, en debida forma de la actividad litigiosa, lo que sí, constituye hipótesis de inicial afrenta a pronunciamiento judicial firme, y debido solo la extremada dejadez de la Administración en llevar a sus últimas consecuencias la denegación de licencia ambiental, demorándola largos años.

• “Nos revela un cuadro draconiano para el sufrido administrado, que lleva más de dos lustros bregando contra una actividad clandestina…”

• …El Ayuntamiento ha conducido el escenario a una dejación en el ejercicio de potestades propias…

• …»Ambas apelantes despliegan argumentos erráticos de desviación procesal.

• …»Bien puede reflexionarse que resulta inasumible hacer de peor condición al administrado que reclama ejecución de un acto firme y recibe callada por respuesta que al que deduce una solicitud innominada y recibe igual atención…»

Después de 10 años de procedimiento y 4 sentencias consecutivas estimatorias, procede mostrar satisfacción de haber visto reconocidos los derechos públicos contra una administración local realmente ajena al respeto a la ley y a los procedimientos administrativos en beneficio de una compañía privada.

Área de Derecho Público