Me voy de viaje con mis hijos. ¿Aviso al otro progenitor?

En estas fechas son varias las consultas acerca de la necesidad de salir de viaje con los menores de edad, y la documentación necesaria para ello. En este artículo analizamos las diferentes opciones para disfrutar de las merecidas vacaciones.

1) La regla general es que los menores pueden viajar fuera del territorio nacional siempre que no estén cerradas las fronteras. En la sentencia de guarda y custodia o de divorcio se incluyen las medidas y podría haberse incluido una medida cautelar de cierre de fronteras. En cuyo caso con bastante antelación al viaje, deberá solicitarse levantamiento de fronteras al juez que dictó esa medida.

2) Para el resto de casos, podremos viajar acompañados de los menores fuera del territorio nacional siempre y cuando se tenga una autorización del otro progenitor. Tal como el Ministerio de Asuntos Exteriores refiere cada menor de 18 años debe llevar su autorización expresa en caso de que el viaje que vaya a realizar no incluya a uno o ambos de los progenitores.

Esta autorización es un permiso legal para salir de España, fija el tiempo de durada del viaje y la firma de ambos progenitores. Y debe estar sellado por la Policía para que tenga validez y debe presentarse junto con el pasaporte del menor ante los agentes de aduana o en el checking de la compañía aérea.

Siempre es necesaria la autorización de los dos progenitores o del tutor en caso de haberlo, para salir con un menor fuera de España.

3) También es preciso este permiso en el caso de que el menor viaje solo al extranjero, con uno solo de los progenitores, o bien con familiares pero sin los progenitores (caso de viaje con abuelos, tíos, etc).

El permiso legal se puede tramitar en cualquier comisaria de Policía Nacional, es gratuito y tiene una validez de 30 días desde su expedición.

4) En el caso de que no viajemos al extranjero, si la sentencia no dice lo contrario, solo deberemos avisar e informar al otro progenitor. Pero si es preciso tomar un avión, aunque ello no comporte salir del territorio nacional, se recomienda para evitar confusiones con las cías. aéreas, la comunicación por escrito y firmada del otro progenitor, y el DNI del menor, pues con el Libro de Familia no se podrá hacer el checking.

Con todas estas recomendaciones, ¡les deseamos que disfruten de las vacaciones!

Departamento de Derecho de Familia

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