El Juzgado de Terrassa ha dictado una sentencia por la que se condena al padre por un delito de maltrato en el ámbito familiar, manifestando que el derecho de corrección no puede convertirse en violencia física.
Los hechos ocurrieron en casa del padre, el pasado mes de octubre de 2014, y según el Juzgado se ha acreditado que del manotazo se le causó una contusión en el hombro al menor.
Tres meses de prisión y la prohibición de aproximarse al menor, a su domicilio (vive con su madre), a su colegio o a cualquier lugar que el niño frecuente.
El juez admite que el «derecho de corrección es un deber de los padres», pero que este no «puede convertirse en un maltrato físico o psicológico», ya que existen otros «mecanismos» que no pasan por «ningún tipo de maltrato y menos de un progenitor a su hijo».