La sentencia de la Audiencia Provincial de Girona, 8/2016 de 22 de enero, reafirma la importancia el plan de parentalidad.
Son muchos los clientes que cuando se les pregunta por el contenido del plan de parentalidad les da pereza, o no prestan suficiente atención en el mismo. Si bien es cierto que existe un contenido mínimo, cuando se precisa un cambio en las medidas como en el caso de autos, (de exclusiva a compartida) cobra especial interés el mismo, pues es el mecanismo por el que podemos ofrecerle al Juez la seguridad de que hemos pensado en como gestionar nuestro tiempo con el menor.
«El plan de parentalidad propuesto por el padre es genérico y nada concreto, siendo además desaconsejable que tras 4 años rigiendo un régimen de guarda que no ha sido perjudicial se quiera modificar sin garantías de que puedan ser más beneficiosas».
En resumen se demuestra que un documento que parece vanal, por ser exigido por ley, puede decantar la elección judicial.
AP Girona, Sec. 1.ª, 8/2016, de 22 de enero