Stc 72/2015 de 14.10.15 del TSJC:
Resumimos esta sentencia por cuanto la consideramos interesante a efectos de valoración de una prueba que el Tribunal considera errónea del SATAF:
La valoración de la prueba realizada en primera instancia, si se puede considerar ilógica con las consecuencias extraídas, dado que si existe otras pruebas periciales con mayor coherencia y lógica en interés del menor, en este caso porque la madre continuaba representando el vínculo y la referencia emocional y cuidadora principal del niño.
Cuando el cambio de residencia, en este caso a Alemania, está plenamente justificado, y es más beneficioso para el menor que siga residiendo con la madre, debe decidirse por esta opción. También debió valorarse que el menor ha convivido en ambos países y está plenamente adaptado.
Área de Derecho de Familia