BIZUM como nuevo medio de pago de impuestos

El pago de impuestos mediante el uso de Bizum se encuentra a día de hoy permitido por algunas Administraciones Públicas, que lo equiparan a una transferencia bancaria. En concreto, en el mes de octubre de 2021, la Agencia Tributaria de Cataluña ha incorporado una nueva forma de pago a través de Bizum para el pago de tributos y, por otro lado, Suma Gestión Tributaria, organismo de la Diputación Provincial de Alicante, también lo ha incorporado como medio de pago.

Actualmente, con la implantación de las nuevas tecnologías, han ido surgiendo distintas alternativas de pago, entre las que destaca Bizum, un proveedor de servicios de pago (PSP) que pretende dotar a los particulares de un medio de pago inmediato, sencillo y gratuito, pudiéndose realizar desde un dispositivo móvil, de manera que se vincula la cuenta del ordenante y la del beneficiario del dinero a un número de teléfono móvil, siendo únicamente necesario que ambos estén dados de alta en dicho proveedor y utilicen la aplicación de la entidad financiera a la que pertenezcan.

Este derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración se consagra en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. En este mismo sentido, la utilización de técnicos y medios electrónicos se encuentra además recogida por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y, en el ámbito local, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que las entidades locales podrán dictar reglas especiales para el ingreso del producto de la recaudación de los recursos, que podrán realizarse en las cajas de efectivo o en las entidades de crédito colaboradoras mediante efectivo, transferencias, cheques o cualquier otro medio o documento de pago, sean o no bancarios, que se establezcan.

En definitiva, el legislador aboga por reforzar el empleo de las nuevas tecnologías en las Administraciones Públicas, con la finalidad de mejorar la eficiencia de su gestión y poder así garantizar de forma completa los derechos de los administrados que, tal y como se ha expuesto, podrán efectuar el pago de los tributos y demás ingresos de derecho público a través de Bizum.

Área de Derecho Administrativo

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