Entrada en vigor del bono de alquiler joven

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 18 de enero el Real Decreto 42/2022, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, con entrada en vigor el 20 de enero de 2022.

Una de las medidas más novedosas previstas es el llamado “Bono Alquiler Joven”, cuyo objetivo es facilitar el acceso a una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos. En concreto, los beneficiarios serán los jóvenes de hasta treinta y cinco años y la ayuda consistirá en la percepción de 250€ al mes durante dos años, cantidad que podrá ser complementada por otras ayudas reguladas en el Plan Estatal de Vivienda o que establezca de forma adicional cada Comunidad Autónoma.

Además, los jóvenes perceptores de la ayuda deberán contar con ingresos no superiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y la vivienda arrendada deberá tener la consideración de habitual y permanente, siendo la renta máxima de 600€/mes, sin perjuicio de que pueda ascender a los 900€/mes en algunos supuestos específicos. En el caso de alquileres de habitación, estos límites de precio serán de hasta 300€ por habitación, importe que podrá elevarse hasta los 450€. Asimismo, se prevé que los jóvenes puedan recibir ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente en municipios de menos de 10.000 habitantes y un 30% de las 100.000 viviendas con las que se pretende incrementar el parque público de vivienda estarán reservadas para ellos.

Otra de las medidas previstas en el Real Decreto consiste en la subvención de la suscripción de seguros por impago del alquiler, con un límite del 5% de la cuota de la renta anual, para que el propietario tenga la garantía del cobro de la renta correspondiente y los inquilinos puedan ver aliviada temporalmente cualquier situación de dificultad económica. 

En general, todas las medidas expuestas que son, en todo caso, compatibles con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital, van encaminadas a ofrecer una ayuda adicional para facilitar e impulsar el acceso a la vivienda y la emancipación de los jóvenes, adaptándose las mismas a la realidad social actual.

Área de Derecho Administrativo

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s