La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ha dictado sentencia de fecha 25.02.22 que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por nuestro despacho, revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n. 2 de Lleida en fecha 30.04.21 y reconoce el derecho de nuestro Cliente a percibir la prestación de INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA. El procedimiento instado por Abocam estaba encaminado a que se reconociera que las dolencias que padecía el Cliente, y que le llevaron a percibir una prestación de INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA SU PROFESION HABITUAL, se habían agravado y eran tributarias de que le fuera reconocida la INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA.
El Tribunal ha analizado detenidamente los informes médicos de la Sanidad Pública que en su día fueron obviados por el Juzgado, que objetivan las dolencias de nuestro Cliente. De esta manera, nuestro representado cobrará el 100% de su base reguladora en lugar del 55% que venía percibiendo y, además, percibirá en un único pago las diferencias que tenía que haber cobrado desde la fecha de efectos, 03.01.2019.
Departamento Derecho Laboral y Seguridad Social